Los ciudadanos o empresas que no cuenten o no tengan actualizado el RIF deberán cancelar una multa que tendrá como referencia el tipo de cambio de mayor valor según el Banco Central de Venezuela.
La medida quedó establecida en la reforma del Código Orgánico Tributario de la Ley de Impuesto al Valor Agregado aprobada por la asamblea nacional constituyente y publicada en Gaceta Oficial el 29 de enero.
El economista Leonardo Buniak explicó al medio Todos Ahora que esta decisión, ordenada por el régimen de Nicolás Maduro, responde a una estrategia tributaria para contabilizar mayores ingresos en virtud de la pulverización del bolívar.
«La Unidad Tributaria quedó totalmente pulverizada por el proceso de hiperinflación. En consecuencia, la razón por la cual se busca actualizar vía tasa de cambio el valor de la multa tiene que ver básicamente con el reconocimiento por parte del régimen de que su propia Unidad Tributaria está totalmente pulverizada», expresó.
Asimismo, Buniak señaló que, con esta reforma, las autoridades buscan aumentar el poder adquisitivo de los ingresos no tributarios que contabiliza vía multas y tasas.
«Estas es una manera indirecta de decir que el bolívar ya está en etapa terminal. Que nuestra moneda está totalmente pulverizada por la hiperinflación y que perdió su capacidad para remunerar y financiar el gasto público», explicó el experto.
Redacción Maduradas con información de Todos Ahora
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