Este jueves la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) finalmente decidió que las sustituciones y modificaciones de los candidatos de las elecciones regionales, podrán realizarse 10 días antes de este proceso electoral pautado para el próximo 15 de octubre.
El Máximo Tribunal publicó la sentencia 165 luego de que el diputado del Parlamento, Omar Ávila consignara un recurso de interpretación para los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.
“El Consejo Nacional Electoral (CNE) puede establecer la oportunidad para la ejecución de la fase de sustitución y modificación de las postulaciones nominales, siempre y cuando no exceda el límite máximo temporal de 10 días anteriores a la ocurrencia del acto electoral, atendiendo a las particularidades y requerimientos técnicos del proceso electoral de que se trate”, reza parte del oficio”.
Sobre este caso, el representante de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ante el Poder Electoral, Vicente Bello, aseguró que el ente comicial no había habilitado la medida para generar abstención. Opinión que también comparte el diputado a la Asamblea Nacional (AN) Tomás Guanipa.
“Las leyes de procesos electorales establecen claramente en los artículos 62 y 63 que hasta 10 días antes del proceso electoral las organizaciones políticas pueden sustituir candidatos y también aquellos candidatos que renuncien, fallezcan o por razones de salud (…)”, manifestó el parlamentario más temprano.
A continuación, la sentencia completa, perteneciente al número de expediente 2017-000107:
Redacción Maduradas con información de El Nacional
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