El Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Central de Venezuela (BCV) establecieron las condiciones bajo las cuales los bancos universales podrán realizar operaciones de menudeo a través de operadores cambiarios autorizados.
De acuerdo con lo reseñado por Panorama, las entidades oficiales habrían determinado que los bancos universales podrán vender un máximo de 1.000 euros o su equivalente en otra moneda al día por cliente.
Así mismo, detallaron que otras modalidades de este tipo de operaciones permitirán vender 4.000 euros por mes calendario y 8.500 euros por año calendario.
La información fue publicada por el BCV en la Gaceta Oficial Nº 41.580 del 6 de febrero del año en curso.
Por otra, el aviso oficial aclaró que solo podrán adquirirse, diariamente, 500 euros o su equivalente en otra moneda si se requiere la obtención de billetes extranjeros.
El mínimo para realizar estas operaciones es de 50 euros.
Redacción Maduradas con información de Panorama
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