La fijación del impuesto que se cobrará por la explotación minera será establecido por el presidente Nicolás Maduro, de acuerdo con la Ley del Régimen Tributario para el Desarrollo Soberano del Arco Minero, según señala el instrumento aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), y publicado en la Gaceta Oficial N° 41.310 con fecha 29 de diciembre de 2017.
Según reseña Globovisión, el artículo número 2 de la referida ley, propuesta por Maduro, señala: “Los enriquecimientos netos anuales de fuente territorial (…) se gravarán con base a lo dispuesto por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela”.
Asimismo, se estableció que el Impuesto sobre la Renta “que se genere con ocasión de la venta del oro en el exterior, autorizada por el Banco Central de Venezuela, se determinará y pagará en moneda extranjera o su equivalente en oro”.
Redacción Maduradas con información de Globovisión
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