La denuncia presentada por Daniel Coronel, Namir Kallab Dick, Miguel Parra Valera y Manuel Alejandro Aguirre, “no cumple con los requisitos exigidos en el artículo 268 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, puesto que no contienen referencias circunstanciadas de los hechos que a su parecer constituyen delito”.
Además, se establece que “los denunciantes no aportaron ninguna prueba fehaciente o fidedigna”, solo consignaron imágenes impresas en hojas de papel, de las cuales algunas son de una cuenta twitter, “sin proporcionar mayores datos sobre el momento en que fueron tomadas ni su procedencia, siendo que estos medios representativos son vulnerables, por cuanto pueden ser forjados o editados, careciendo así dichas impresiones de autenticidad”, señala el texto judicial.
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Información de: DC | GV.
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