El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat) incrementó 2.900% el valor de la Unidad Tributaria. De acuerdo con la resolución SNAT/2020/00006, publicada en la Gaceta Oficial N° 41.839, fechada el pasado 13 de marzo, pasó de 50 bolívares a 1.500.
Este valor solo aplica a la determinación de tributos nacionales de manera exclusiva y no puede ser utilizada por otros organismos de la Administración Pública.
El artículo 3 determina: “En los casos de los tributos anuales, la UT aplicable será la que esté vigente por lo menos 183 días continuos del período respectivo”.
Con respecto a los tributos de periodicidad distinta deberán ser cancelados con el valor UT vigente al inicio del período de imposición.
Ante ello, el gremio de los empresarios en Venezuela rechazó el incremento en el valor de la Unidad Tributaria. Consideran como desproporcionado la medida impuesta por el régimen.
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Redacción Maduradas con información de Banca y Negocios
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