El punto de la doctrina al que hace referencia Moreno es el número 3, el cual resalta el compromiso «solemne» de los estados por el «respeto de los derechos humanos, políticos, económicos y sociales» que, según indican, constituyen una norma fundamental de la conducta interna de los Estados del Grupo Andino. «Su defensa es una obligación internacional a la que están sujetos los Estados y por tanto, la acción conjunta ejercida en protección de esos derechos no viola el principio de no intervención».
Moreno solicitó al resto de los países que la aplicación de esta carta sea discutida en las reuniones que se tienen previstas para el mes de noviembre de este año con la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.
La doctrina Roldós fue suscrita por el Grupo Andino de Naciones el 11 de septiembre de 1980 y fue promovido por el expresidente de Ecuador, Jaime Roldós Aguilera. Contempla principalmente evitar el atropello de los derechos humanos, por ello considera válido “procurar un ordenamiento político subregional generado en democracia de extracción popular y definido carácter participativo, sin perjuicio de los principios de autodeterminación de los pueblos, de no intervención y del pluralismo ideológico”.
Otro de los puntos señala como objetivo “promover la solución de las controversias que existen o pudieran presentarse entre los países del Grupo Andino o entre éstos y terceros, mediante procedimientos pacíficos previstos en el Derecho Internacional”, así como también “propiciar un proceso de desarme subregional y regional que, inspirado en los postulados de la Declaración de Ayacucho, constituya una contribución efectiva al desarme general y completo, y permita liberar recursos para el desarrollo económico y social”.
Redacción Maduradas
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